¿Vas a postular cámaras o alarmas comunitarias? Esto te aclara el Anexo N°5
En esta noticia explicamos qué significa realmente este documento, quién puede firmarlo y qué responsabilidades implica. Además, ahora existe un formato alternativo más simple. Recuerda que tienes plazo hasta el 17 de agosto.
Muchas organizaciones y municipios nos consultaron lo mismo: "¿A qué se compromete la institución que firma el Anexo N°5?". Como esa duda estaba frenando la firma del documento, hemos decidido aclararlo punto por punto.
El Anexo N°5, o Carta de Coordinación y Gestión, es un requisito para las iniciativas que contemplen cámaras o alarmas, que postulan al Fondo de Seguridad Ciudadana del Concurso Vinculación con la Comunidad, Línea 2: Organizaciones Comunitarias 2026.
¿Qué es el Anexo N°5, en simple?
Tal como lo señalan las bases concursables, es una carta en la que una institución pública con competencia en seguridad dice, básicamente: "conozco este proyecto y lo apoyo". Eso es todo. No es una revisión técnica del proyecto, no obliga a la institución a hacerse cargo de nada nuevo y no le traspasa costos ni responsabilidades. Es un respaldo institucional, no una firma que comprometa recursos.
¿Quién lo puede firmar?
Cualquiera de estas instituciones, según con quién logres coordinarte:
- Carabineros de Chile
- La Delegación Presidencial Regional o Provincial
- Tu municipalidad
- Otro organismo público con competencia en seguridad
La gestión para conseguir la firma la hace la propia organización postulante.
Entonces, ¿de qué se hace cargo mi organización?
De la ejecución del proyecto. Si te adjudicas el fondo, tu organización es responsable de:
- Conseguir los permisos necesarios
- La instalación de los equipos
- El licenciamiento, la conectividad y el suministro eléctrico
- La mantención y que el sistema siga funcionando en el tiempo
- Cumplir con la ley de protección de datos personales
Un punto importante: firmar el anexo no significa que la institución tenga que conectar tus cámaras o alarmas a una central de monitoreo, ni homologarlas ni integrarlas a sus sistemas. Es un compromiso de coordinación, no una promesa de resultado.
Novedad: ahora hay un formato más simple
Para hacerlo más fácil, el Gobierno Regional puso a disposición el Anexo N°5.1, que puedes usar en vez del Anexo N°5 original. Los dos sirven exactamente para lo mismo y valen igual. Da lo mismo cuál uses: no afecta la admisibilidad ni el puntaje técnico de tu proyecto. Elige el que te resulte más cómodo de gestionar.
Fechas y dónde preguntar
- Plazo de postulación: hasta el 17 de agosto de 2026.
- Dudas al correo: concursofndr@gobiernovalparaiso.cl

